De lo contrario serán sancionados
El Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental –Dadsa-, bajo la dirección de Diana Escobar Valencia, hace un serio llamado a los diferentes movimientos, grupos significativos de personas, partidos políticos y propietarios de vehículos de transporte público o privado, a cumplir con el protocolo o las normas legales que avalan la implementación de publicidad exterior visual móvil, cuyo permiso debe ser tramitado ante esta autoridad ambiental.
Para tal propósito, el Dadsa le informó a la ciudadanía en general que, para efectos de la respectiva autorización, es necesario explicar: “La publicidad exterior visual es el medio masivo de comunicación, permanente o temporal, fijo o móvil, que se destina a llamar la atención del público a través de elementos visuales en general, tales como dibujos, fotografías, letreros o cualquier otra forma de imagen que se haga visible y cuyo fin sea comercial, cívico, cultural, político, institucional o informativo. A diferencia de la publicidad exterior visual en vehículos, la cual no es más que la que se encuentra en movimiento y se desarrolla a través de los vehículos autorizados por la entidad competente”.
En ese mismo orden, el Departamento de Sostenibilidad precisa que hace parte de la publicidad exterior visual vehicular los micros perforados, las vallas móviles y el branding o ploteo vehicular.
4 EXIGENCIAS PARA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL VEHICULAR:
Con forme a lo anterior, el Dadsa también dio a conocer cuatro requisitos que deben cumplir las personas para portar este tipo de elementos publicitarios.
Primero, en ningún caso podrá modificar o adicionar el ancho y la longitud del vehículo o elemento portador ni podrá sobresalir de los límites laterales, frontales y posteriores del mismo; segundo, la altura del vehículo y el elemento publicitario fijado en el mismo no podrá ser superior a 4.10 metros; tercero, no podrá obstaculizar la visibilidad de las placas de identificación del vehículo, o inducir a errores en su lectura; y cuarto, el anuncio o elemento publicitario fijado sobre el vehículo no podrá, en ningún caso, modificar el color predominante establecido en la tarjeta de propiedad del vehículo,
detalló la autoridad ambiental.
ANEXOS A PRESENTAR:
Igualmente, el Dadsa indicó que los interesados para obtener la autorización sobre el uso de publicidad exterior visual móvil, deberán presentar seis documentos.
Los usuarios interesados deberán presentar la solicitud firmada por el propietario del vehículo; también deberán anexar: la tarjeta de propiedad del vehículo, cédula del propietario del vehículo, el Soat, foto del sitio donde se pretende colocar la publicidad y el formato de solicitud de registro de publicidad exterior visual,
informó el ente.
Asimismo, la entidad señala que “se hace necesario comunicarles a los directores de partidos políticos, movimientos políticos y propietarios de vehículos de trasporte público o privado que en conjunto con la Policía, el Dadsa realizará operativos de control en toda la ciudad con el fin de garantizar el cumplimiento de las mismas”.
Finalmente, es de resaltar que portar publicidad móvil sin el permiso correspondiente, representa un incumplimiento de las normativas que favorecen al medio ambiente y, por tal motivo, hacen al infractor acreedor de las sanciones estipuladas en la Ley 1333 del 2009. Las personas que incurran en dicha falta y objeto serán sancionadas, y podrán verse involucrados en la investigación: el propietario del vehículo, el conductor del vehículo o quien se vea beneficiado con la publicidad expuesta en el automotor.